Nueva Ley 5/2025: seguro obligatorio en vehículos industriales y agrícolas

Pimemediacion

17 dic. 2025

Qué es la Ley 5/2025 y por qué aparece

La Ley 5/2025, de 24 de julio, es una modificación de la normativa de seguros de vehículos que amplía el abanico de vehículos que deben disponer de seguro obligatorio de responsabilidad civil. Por tanto, a partir de la entrada en vigor, todos los conductores que circulen con vehículos industriales o agrícolas deberán contar con un seguro de responsabilidad civil para poder circular legalmente.

Esta ley también incluye a los vehículos personales ligeros, como patinetes o segways, y tiene como objetivo garantizar que las víctimas de un accidente, ya sea con daños personales o materiales, puedan ser indemnizadas sin depender de la solvencia del conductor.

¿A qué vehículos industriales, agrícolas y maquinaria afecta?

La ley incorpora a la obligación de seguro de responsabilidad civil vehículos industriales y agrícolas, como: tractores, maquinaria agrícola, excavadoras, carretillas elevadoras o maquinaria de obra, que antes a menudo quedaban fuera de la regulación.

  • Agrícolas: tractores, cosechadoras, vendimiadoras, equipos de carga, tractores y motocultores.
  • Industriales: maquinaria móvil de construcción y carretillas automotoras.

 

Esta medida evita fraudes legales y protege a las víctimas en caso de accidentes, incluso si se producen en terrenos privados (obras, almacenes, fincas) cuando el vehículo actúa como “vehículo de motor”.

Por tanto, las empresas y autónomos deberán revisar su flota y contratar pólizas de responsabilidad civil y, en caso de circular fuera del terreno privado, deberán registrarse en la DGT.

¿Qué debe contemplar el seguro obligatorio?

Según la Ley 5/2025, cualquier vehículo (incluido VPL, industriales o agrícolas) cuando circulen debe disponer de un seguro de responsabilidad civil que garantice, como mínimo:

  • Daños a terceros: personales (lesiones, secuelas, muerte) y materiales (coches, mobiliario, inmuebles).
  • Gastos derivados del accidente, incluidos gastos legales.
  • Indemnizaciones según los límites establecidos por la normativa (aprox. 6,45M€ por daños personales y 1,3M€ por daños materiales).

 

Aunque el seguro de responsabilidad civil es el único requisito obligatorio, las pólizas pueden incluir coberturas adicionales, como robo, asistencia, defensa jurídica o daños propios, al igual que los seguros de automóvil.

Contratar un seguro adecuado es esencial para cumplir la ley y garantizar la protección de terceros.

En Pimec Mediación de Seguros ofrecemos asesoramiento personalizado, tanto para particulares como para empresas para ayudar a seleccionar la póliza más adecuada a las necesidades y asegurar que se cumple la normativa. Puedes solicitar más información sin compromiso rellenando el siguiente formulario.

 

PYME MEDIACIÓN CORREDURÍA DE SEGUROS, S.L. - NIF B-63.832570. Domicilio social: Viladomat, 174, Barcelona. DGSFP, J-2.495. Póliza de Responsabilidad Civil y capacidad financiera de acuerdo con el RDL 3/2020 que transpone la Directiva de Distribución de Seguros Privados.